Motivos para expulsar a un extranjero de España

España es un país atractivo para vivir, sin embargo los motivos para expulsar a un extranjero de este territorio son de extrema gravedad.

Este es uno de los países europeos que más acogida les brinda a los extranjeros. Pese a ello, si un extranjero llegare a traspasar los límites del incumplimiento de cualquier norma, podría ser expulsado del país.

¿Qué causas pueden haber para que expulsar a un extranjero de España? … ¿Cómo se realizaría dicha expulsión?… ¿Qué efectos tiene una expulsión?… ¿Quiénes no pueden ser expulsados?…. estas y otras inquietudes se las contaremos a continuación.

Cuáles son las causas para que a un extranjero lo puedan expulsar de España

Si un inmigrante comete infracciones o tiene conductas muy graves establecidas en la Ley española, podrá ser expulsado. Estas infracciones están relacionadas con los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, bajo las siguientes condiciones:

– Encontrarse de manera irregular en territorio español.

-Trabajar en España sin autorización para hacerlo.

-Ocultar de manera dolosa o falsa el cumplimiento de la obligación de informar a las autoridades competentes los cambios que afecten al trámite para obtener nacionalidad, estado civil o domicilio.
-Igualmente incurrir en falsedad en la declaración de datos obligatorios para darse de alta en el padrón municipal.

-Si el extranjero llegare a participar en actividades contrarias al orden público.

-Cuando el extranjero haya cometido delitos que acarreen privativa de libertad dentro o fuera de España, salvo que los antecedentes penales hubiesen sido cancelados.

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Cómo pueden expulsar a un extranjero de España

La expulsión se hace efectiva a través de un procedimiento administrativo por el cual dictarán una resolución y será notificado el extranjero. Este tendrá un plazo para salir voluntariamente de España, de 7 a 30 días, que se iniciará desde el momento de la notificación.

Sin embargo, este periodo puede ser prolongado de acuerdo a las circunstancias o caso específico de la persona. Puede ser su estancia, vínculos familiares o sociales o tener menores escolarizados a su cargo.

Si la persona expulsada no ha salido voluntariamente de territorio español en el tiempo establecido, se iniciará la salida forzosa. Las autoridades policiales lo detendrán y lo conducirán a un puesto de salida.

Si no se puede hacer la expulsión en 72 horas, contados desde el momento de la detención, las autoridades lo solicitarán al ente judicial. Entonces el extranjero será conducido a un centro interno, hasta por 60 días.

Desde que inicie el trámite para expulsar al extranjero de España hasta obtener la resolución final, el juez tomará alguna de las siguientes medidas cautelares:

Presentación periódica del extranjero que se va a expulsar de España, ante las autoridades españolas.

Residencia obligatoria en determinado lugar.

Retirada del pasaporte o documento de identidad que acredite su nacionalidad, tras la entrega del respectivo resguardo en donde queda especificada la medida.

Detención cautelar por un periodo máximo de 72 horas previas a la solicitud de ser internado.

Internamiento preventivo, previa autorización de un juez, en un centro asignado para ello.

Cualquier otra medida que el juez estime conveniente, será tomada en cuenta.

Cuáles son los efectos que trae la expulsión

Cuando un juez ha decidido expulsar a un extranjero de España, esta persona no puede solicitar autorización de permanecer legalmente en España. Tampoco podrá entrar a territorio español ni a los países con los que tiene suscrito acuerdos España en este sentido.

Para el caso esta prohibición de entrada no excederá de cinco años. Pero si la persona representa una amenaza grave para el orden y seguridad pública, nacional o de salud, la prohibición será hasta de 10 años.

Así mismo esta prohibición de entrada a España quedará registrada mediante informe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.

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A qué extranjero no lo pueden expulsar de España

Los extranjeros que se hallen presuntamente en las siguientes condiciones:

– Los nacidos en España y que hayan residido legalmente en los últimos cinco años.

– Los residentes de larga duración, tomando en consideración el tiempo de su residencia en España. Los vínculos creados, la edad, las consecuencia para el interesado y para los miembros de la familia. Los vínculos con el país al que va a ser expulsado.

– Quienes hayan sido españoles de origen y hubieran perdido la nacionalidad española.

– Los que se benefician de una prestación por incapacidad permanente para trabajar a consecuencia de un accidente de trabajo. También puede ser por enfermedad profesional y que estos accidentes hayan ocurrido en territorio español.

– Las personas que perciban una prestación contributiva por desempleo. Así mismo que sean beneficiarios de una prestación económica asistencial destinada a lograr su inserción o reinserción social o laboral.

– El cónyuge o pareja del extranjero que esté en una situación de las citadas anteriormente y que haya residido legalmente dos años o más. Tampoco a sus ascendientes e hijos menores o mayores con discapacidad que puedan proveer sus propias necesidades y estén a su cargo.

No se puede expulsar a un extranjero de España por estar bajo un mecanismo de protección internacional. Tampoco que afecte a una embarazada y la medida suponga un riesgo para la salud del bebé o de la madre.

Expulsión de residentes de larga duración de la UE

Un residente de otro estado de la UE con estancia de larga duración en España, puede ser expulsado si ha incurrido en alguna infracción:

– Incumplimiento de cualquiera de las normas por seguridad pública, de presentación periódica o de alejamiento de fronteras o núcleos de población.

– La participación y realización de actividades por parte del extranjero consideradas como graves y que contrarrestan al orden público.

– Si el extranjero ha participado en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otras naciones. Igualmente si está relacionado en actividades contrarias al orden público.

– Inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas. Esto también pera personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo.

– Si no llegare a realizarse la expulsión del extranjero fuera de la UE, esta se efectuará al país que reconoció la residencia de larga duración.

– Un extranjero con orden para expulsar de España con una residencia de larga duración y que sea beneficiario de protección internacional reconocida por otro estado miembro de la UE, las autoridades de extranjería española solicitarán a dicho estado miembro información si la condición de beneficiario de este status continúa vigente.

Si el residente de larga duración continúa siendo beneficiario vigente de dicha protección internacional, será expulsado y enviado a ese estado miembro.

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