Requisitos para turistas que viajan a España

A continuación te contaremos cuáles son los requisitos que exije España para los turistas que viajan a éste y cualquier país del Espacio Schengen.

Los visitantes de terceros países generalmente escogen a España como trampolín para ingresar a esta parte del continente. Además porque es un destino muy apetecido tanto por el idioma como por la cultura, la comida y la variedad de lugares turísticos para visitar.

Documentos que necesitan los turistas que viajan a España

Pasaporte:

Este documento deberá ser válido hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Igualmente debe haber sido expedido dentro de los 10 años anteriores a la fecha de entrada.
Un Visado es necesario para determinadas nacionalidades, válido para una estancia no superior a los 90 días y que esté en vigor.

Aunque casi todos los países del mundo han implementado el pasaporte biométrico. Hay algunos que ésta implementación ha sido mucho más lenta y es por eso que sus viajeros aún cuentan con pasaporte manual.

Sin embargo es importante que tengas en cuenta, que el pasaporte biométrico será muy necesario próximamente, ya que habrá implementaciones en los sistemas de controles que lo requerirán.

Este documento lo debes mantener en perfecto estado, sin enmendaduras, tachones o ralladuras, que no le falte ninguna hoja. Debe contar con una vigencia de al menos 3 meses después de la fecha de retorno al país una vez terminado tu viaje.

Visado de estancia

Los convenios bilaterales entre países, redunda en beneficios para los nacionales de ambas partes.
Este es el caso de los visados, que exime a muchos extranjeros del requisito de presentar una visa cuando ingresan a determinados países.

España y los 26 países restantes que conforman el Espacio Schengen, tiene convenios con al menos 60 países del mundo, incluidos la mayoría de países de Latinoamérica. A estos turistas que viajan a España no se les exija presentar un visado para ingresar a sus territorios por un tiempo hasta de 90 días.

Si eres nacional de cualquiera de los países latinoamericanos o del caribe que nombraremos a continuación, deberás tramitar ante el consulado de tu país de origen el correspondiente visado.

Estos países son: Belice, Bolivia, Cuba, Ecuador, Guyana, Haití, Jamaica, República Dominicana y Surinam.
Cabe anotar que el visado será requerido a la persona por la nacionalidad, no por el país en el cual reside o proceda.

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Documentos que justifican el objeto y las condiciones de estancia

Billete de vuelta al país de origen

La estancia de los turistas que viajan a España, tiene un tiempo determinado que no puede superar los 90 días.

No obstante, los motivos del viaje determinan el tipo de estancia que te autorizarán en este país.
En este caso se consideran estancias de corta duración en donde tú puedes ingresar a España por motivos de turismo, visitas a familiares, asistencia a eventos culturales, deportivos o de empresas, que no superen los 90 días. Obligatoriamente tienes que presentar el ticket de avión en donde demuestras que vas a regresar a tu país de origen.

Así mismo, por motivos laborales con contratos a término fijo o estudios por tiempo determinado, debes presentar el boleto de vuelta una vez terminadas tales actividades.

Sin embargo, si estando en territorio español tienes la opción de que te renueven el contrato de trabajo o de continuar con estudios más avanzados, tramitarás la renovación de la estancia que inicialmente te habían dado.

No contar con un ticket de regreso una vez terminada la estancia de corta duración, es motivo para que te nieguen la entrada a España.

Confirmación de reserva para el hospedaje

En caso de que el hospedaje sea en un hotel, hostal o apartamento turístico acreditado para tal fin, el viajero debe presentar la reserva. En ésta debe estar indicada tanto la fecha de ingreso como la de salida.

Esta reserva deberá estar confirmada por un hotel o por los lugares autorizados como Booking o Airbnb, en donde conste que tienes donde quedarte desde la primera hasta la última noche, coincidiendo con las fechas de los tickets de avión de llegada y de regreso.

La presentación de una Carta de Invitación es necesaria en caso de hospedarse en la casa de un familiar o conocido. Esta invitación debe ser tramitada en la policía y enviada al invitado porque en el aeropuerto le exigirán presentar el original de dicho documento.

No aceptan fotocopias o impresiones de internet, ya que en España este es un documento oficial y se requiere de la presentación del original.

Este es uno de los motivos por los que con alguna frecuencia rechazan el ingreso de turistas que viajan a España, porque presentan este documento en copia o impresión obtenida a través de internet, pero por tratarse de un documento oficial, esta carta la aceptan solamente en original.

Esta carta solo prueba la disponibilidad del hospedaje, pero no suple para nada la acreditación de los demás requisitos de entrada a España.

Itinerario de Viaje para los turistas que viajan a España

Es preciso que deberás elaborar un itinerario del viaje, sustentando el tour o circuito turístico que harás y adjuntando en lo posible entradas a museos o lugares de interés, reservas hoteleras en los recorridos, boletos de trenes o aviones, etc.

Los turistas que viajan a España deben presentar los económicos suficientes

Este es uno de los requisitos que con mucha frecuencia se incumple. Por esta razón se convierte en uno de los motivos por los que se les deniega la entrada a turistas que pretenden viajar a España.

Los recursos económicos para cubrir tus gastos son independientes de los demás requisitos. Esto quiere decir que así te hospedes donde un familiar, debes contar con los medios para asumir tus propios gastos.

El Boletín Oficial del Estado español, (BOE) es muy claro al indicar que un turista extranjero al momento de ingresar por el aeropuerto, debe demostrar un monto de 108 euros diarios, por persona.
Es decir que este valor tiene que multiplicarse por el número de días que pretendas estar como visitante en territorio español.

En caso de que tu estadía sea de nueve o menos días, debes demostrar un monto fijo de 972 euros por la estancia de ese tiempo en España.

Se puede portar un mínimo de este valor en efectivo y el resto lo puedes tener en tarjetas bancarias, debidamente certificadas por tu banco que las autoriza.

Estos valores aplican igualmente para los niños y jóvenes menores de 18 años, (esto incluye los bebés de brazos). Puede parecerte una exageración exigir a un menor de edad el valor aplicado a los mayores, pero la normativa española es precisa a este respecto.

Si previamente se acordó con el hotel que el pago se hace a la llegada del destino, este valor no puede estar incluido dentro de los medios económicos demostrables.

Por qué es necesario viajar con un seguro médico

Tan importante como los demás documentos, el seguro médico es imprescindible, ya que de él depende la tranquilidad de tu viaje.

Viajar sin un seguro que te cubra todas las necesidades médicas por eventos inesperados que se te presenten, es muy riesgoso. Los gastos por estos conceptos en el exterior son muy altos y además los tienes que asumir en euros.

Las normas españolas exigen de manera obligatoria un seguro médico Schengen con una cobertura mínima de 30.000 euros. Esta cobertura deberá abarcar cualquier eventualidad como accidentes, hospitalizaciones, consultas y hasta repatriación en caso de necesitarla.

Este seguro debe ser utilizable no solamente en España, sino en cualquier país del espacio Schengen.
Hay países que no precisan de obligatoriedad en este requisito, pero es de vital importancia que seas consciente de la necesidad de viajar asegurado, ya que tú no cuentas con los imprevistos que llegues a tener en tu viaje al exterior.

Qué pasa si le deniegan la entrada a un turista

Si un turista incumple con algún requisito obligatorio para ingresar a España, inmediatamente le denegarán la entrada.

Igualmente se la denegarán a una persona que tenga prohibición de entrada no solamente a España sino a cualquier país que conforma la Zona Schengen.

Denegarán la entrada a quienes agotaron los 90 días de estancia permitida en el espacio Schengen dentro de una cobertura de 180 días.

Cuando ocurre una denegación, será notificada mediante una resolución donde contiene toda la información sobre los recursos que se pueden interponer. Pero la presentación de un recurso no suspende los efectos de la denegación de entrada a España.

Ya está en vigencia el permiso ETIAS?

El Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS por sus siglas en Inglés), está diseñado para detectar los riesgos de viajeros que en este momento están exentos de visado para ingresar a la Zona Schengen y que puedan vulnerar la seguridad a estos territorios.

La puesta en funcionamiento se viene planteando desde hace varios años. Se ha venido aplazando debido a la complejidad en su implementación con otro sistema de control.

Se trata del EES (SISTEMA DE ENTRADA Y SALIDA) cuyo objetivo primordial, de la mano del ETIAS, es mejorar la eficacia y eficiencia en los controles de fronteras exteriores del Espacio Schengen.

Lo que pretende el sistema EES, es sustituir el sellado manual de pasaportes. Los datos allí no son muy seguros a la hora de cruzar fronteras y no detecta de forma eficaz las personas que hayan sobrepasado el período de estancia autorizada.

Serán recopilados los datos biométricos, huellas dactilares e imágenes faciales, de todos los ciudadanos extranjeros no europeos, cuando ingresan por primera vez a la UE.

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Aunque la Comisión Europea ha indicado que el sistema EES podría entrar en vigor a finales del 2024, se estima que el ETIAS empezaría a implementarse 5 o 6 meses después de éste o sea a mediados del 2025
Esta información será anunciada en su debido momento.

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